Un Permiso Individual de Formación (PIF) es un permiso autorizado por la empresa a un trabajador/a para la realización de una acción formativa dirigida a la obtención de una acreditación oficial. Incluidos los títulos y certificados de profesionalidad, así como los procesos de reconocimiento, evaluación y acreditación de competencias y cualificaciones profesionales.
Las formaciones susceptibles de considerarse como PIF son:
- Formación Profesional
- Ciclos Formativos
- Certificados de Profesionalidad
- Grados Universitarios
- Y algunos Másters
Será siempre el trabajador/a quien deba solicitar la autorización o permiso a la empresa, y ésta tendrá que autorizar o no el permiso. En el caso de denegación, deberá estar motivada por razones organizativas o de producción, comunicándoselo al trabajador/a.
El PIF sólo se podrá conceder si la formación se realiza dentro del horario laboral del trabajador/a. Dado que la empresa no está autorizando la formación, si no la ausencia de éste de su jornada laboral para poder asistir a dicha formación. Y por ello, la empresa podrá bonificarse el coste/hora de su trabajador/a, limitándose a 200 horas por permiso y curso académico o año natural.
¿Qué costes puede bonificar la empresa?
La empresa podrá bonificar los costes salariales (salario base, antigüedad, complementos fijos y pagas extraordinarias) y las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a las horas laborables que el trabajador/a invierta en su formación.
En Ágora somos especialistas en la gestión de bonificaciones de los PIF’s. Si un trabajador/a solicita este permiso, contáctanos y te ayudamos en la recuperación del coste laboral autorizado dentro de su horario laboral para que asista a la formación.