La publicación del Real Decreto ley 4/2015 el día 22 de marzo provoca cambios en el RD 395/2007 y Orden TAS 2307/2007 por lo que la formación programada por las empresas se debe adaptar a la nueva situación. Desde el día siguiente a la publicación en el BOE, los cambios afectan a todos los cursos bonificados cuyo inicio se comunique desde el 24 de marzo de 2015.
Os detallamos algunos de los cambios más significativos:
- Duración mínima de 1 hora.
- Módulos económicos: se aplicarán los mismos precios para todas las empresas sin diferenciar por su tamaño. Formación presencial a 9 € (nivel básico) y a 13€ (nivel medio superior), formación mediante teleformación a 7,5€ y a 5,5 € la formación distancia convencional.
- La bonificación por formación a distancia convencional desaparece en Enero 2016
- Cofinanciación privada. A partir de ahora también se les aplica a las micropymes; los porcentajes a aplicar son: empresas de 1 a 9 trabajadores, un 5%, empresas de 10 a 49 trabajadores, un 10%, empresas de 50 a 249 trabajadores, un 20%; y empresas de 250 o más trabajadores, un 40%.
- Las empresas podrán organizar la formación de sus trabajadores por sí mismas o podrán optar por contratar la organización de la formación a una entidad externa que será la que contrate a las empresas de formación, salvo que la entidad organizadora sea a su vez la entidad formativa que imparta la formación.
- Las actividades de organización ni las de impartición podrán ser objeto de subcontratación; no se considera subcontratación la obligación de la entidad organizadora de contratar a la entidad o entidades que imparten la formación, ni la contratación del personal docente.
- Las entidades de formación deben estar acreditadas y/o inscritas en el registro de entidades de formación habilitado por la Administración pública competente.
En las jornadas que estamos realizando en Ágora podemos daros más detalle del desarrollo del Real Decreto y sus consecuencias.