Los ERTE’s y la Formación Programada

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Dada la situación actual ocasionada por el Covid-19 y la publicación por parte del gobierno de “Medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del Covid-19”, se ha hecho evidente que nos encontramos ante un nuevo panorama laboral.

 

En el RD-ley 8/2020, de 17 de marzo, y en referencia a los ERTE’s, Expedientes de Regulación Temporal de Empleo, se señala que:

“Con el objetivo de aligerar los costes en los que incurren las empresas, en los casos de fuerza mayor regulados en este real decreto-ley, otra de las novedades incorporadas es la exoneración a las empresas del pago del 75% de la aportación empresarial a la Seguridad Social alcanzando dicha exoneración el 100% de la cuota cuando se trate de empresas de menos de 50 trabajadores, siempre que éstas se comprometan a mantener el empleo.”

 

Como consecuencia, muchas empresas se han acogido (y están acogiéndose) a ellos para así poder suspender temporalmente el contrato de trabajo a sus empleados.

 

¿Cómo afecta esto a la Formación Bonificable?

 

Los ERTE’s no implican que los trabajadores no puedan realizar formación bonificable.

 

En virtud del artículo 5.1 del RD 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, se indica que:

“Podrán ser destinatarios de la formación profesional para el empleo todos [···] los trabajadores afectados por medidas temporales de suspensión de contrato por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, en sus períodos de suspensión de empleo.”

 

Y, ¿puedo bonificar la formación si la exoneración es del 100%?

 

Llegados a este punto, se plantean 3 escenarios distintos:

1.- Esperar a que la empresa vuelva a cotizar en la Seguridad Social para bonificarse.

2.- Bonificar la formación en los meses posteriores, siempre y cuando se realice antes del 31 de diciembre del actual ejercicio.

3.- Bonificarse mediante fichero acreedor a la Tesorería General de la Seguridad Social, donde se solicita que se devuelva / descuente dicho importe de las cuotas de aportación empresarial a la Seguridad Social

 

Desde Ágora queremos acompañaros en estos momentos de incertidumbre y animaros a que veáis la parte positiva, éste puede ser un buen momento para realizar formación bonificable.

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