El crédito del cual dispone la empresa se calculará teniendo en cuenta dos variables: por un lado, la plantilla media que tiene la empresa durante el año anterior y por otro lado, la cuantía ingresada en concepto de cuota de formación profesional en dicho ejercicio:
Para las empresas cuya plantilla media son de 1 a 5 trabajadores dispondrán de un crédito mínimo de 420 € anuales.
Para las empresas con una plantilla superior: Se calculará la cuota de formación profesional sumando las casillas 501 de todos los TC1 del año anterior.
- A la cantidad resultante se aplicará un 0,7 %.
- Sobre el importe obtenido, se aplicarán los siguientes porcentajes en función de la plantilla de la empresa
Plantilla de 6 a 9 trabajadores – 100%
Plantilla de 10 a 49 trabajadores – 75%
Plantilla de 50 a 249 trabajadores – 60%
La cantidad resultante de la aplicación del porcentaje apropiado será el crédito disponible para el año en curso.