Una de las cuestiones que detectamos que no se realiza correctamente es la relacionada con la contabilidad: ¿cómo se contabiliza la formación que bonificamos?
Si alguna vez recibís un requerimiento de la FTFE solicitando información sobre vuestra contabilidad, esta es la información mínima que os solicitarán:
- Identificar en cuenta separada el epígrafe específico de su contabilidad, bajo la denominación de «formación profesional para el empleo», todos los gastos de las acciones formativas y permisos individuales de formación.
- Presentar las facturas relacionadas con la formación y la gestión de los cursos comunicados.
- Presentar los extractos emitidos por las entidades bancarias correspondientes a los pagos realizados por los costes de formación que fueron imputados en los justificantes correspondientes.
- Justificantes de las anotaciones contables de:
- El gasto de la formación
- El pago de los gastos de la formación
- La bonificación aplicada.
Os recordamos que según el apartado segundo del artículo 5 de la Orden TAS/2307/2007, la documentación deberá guardarse durante un periodo mínimo de cuatro años. Así que no dudéis en guardar correctamente la documentación para ahorraros imprevistos.
Por nuestra parte, disponemos de un servicio gratuito para nuestros clientes, la Comisión de Clientes, con el que realizamos inspecciones y revisamos que toda la documentación se archiva correctamente. Así que con Ágora no debéis preocuparos.