Uno de los requisitos de proceso de bonificación es certificar a los participantes su asistencia si cumplen con el 75% de las horas de la formación (o del contenido si es a distancia). Se debe entregar para ello un certificado, según la plantilla oficial de la FTFE. Al entregarlo, es necesario quedarnos con el recibí del certificado para poder documentar, en caso de inspección, que se entregó tal y como marca la normativa.
Pero ojo, este certificado solo acredita la participación, pero no el aprovechamiento del curso. Por este motivo, no debería sustituir al diploma que el centro de formación suele emitir para acreditar los conocimientos adquiridos. De modo que, se bonifique o no, estamos en nuestro derecho de exigir un diploma de aprovechamiento para los alumnos que hayan superado el curso (hayan o no hayan superado el 75% de asistencia).
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